Estimados(as):

Ya estamos en tierra derecha para dar clic al envío de la declaración mensual de IVA, la primera que se basa en una propuesta preparada por el SII y así iniciar la etapa de registros de compra y venta en el sitio del SII.

Pero hasta ahora hay algunas cosas que validar, aparte de todo lo que ya conocen:

  1. Si una factura tiene parte afecta y parte exenta, se está presentando como dos documentos, para considerar ese dato de cantidad de documentos en el formulario 29 debe sólo considerar que se trata de un documento (debe revisar entonces si hay situaciones donde se duplica el número de facturas).
  2. El SII presenta como sujeto de retención del 10% por los honorarios, a todo documento electrónico emitido hasta el 31.08.2017, lo que en muchas ocasiones no corresponde, ya que la obligación de retención es solo cuando se ha cancelado la remuneración. Por ello, si la boleta se ha recibido (ha sido emitida electrónicamente), no siempre debe ser sujeta de pago de retención, dado que puede no estar pagada aún y sólo corresponde retener en ese período.   Revisar y modificar haciendo coincidir el dato con los montos pagados de honorarios y no con las boletas emitidas, que puede que aún estén pendientes de pago.

 

Saludos,

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