Estimados(as):

Quiero compartir una idea con ustedes: la creación de un Fondo, que no sea un ingreso del Estado, donde el SII sería el gestor y motor de funcionamiento. Se eligió el SII dado que es una institución que tiene confianza pública y los elementos técnicos y profesionales necesarios para un funcionamiento transparente y absolutamente trazable (seguimiento de uso), funcionamiento que deberá ser revisado por la Contraloría General para dar mayor transparencia.

Reflexión motivadora de la idea:

La violencia ha sido necesaria en esta crisis ya que por ella la élite se ha dado cuenta de la desigualdad e inequidad que existe, lo que ha generado rabia y desolación de una parte importante de la población.  Lo indigno que es vivir para muchas familias, ha motivado a que muchos se expresen en forma violenta y que se salga de control su actuación.  ¿Cuál es la élite? Está compuesta de políticos, gobiernos, universidades, organizaciones sociales como las Iglesias, empresarios, ejecutivos de empresas, profesionales y muchos otros grupos, en los cuales me incluyo, que nos hemos olvidado de ser inclusivos y solidarios.  Ahora recién todos hemos tomado conciencia que con menos de $500 mil  no puede vivir una familia, que no puede una persona esperar seis meses o más para una operación o examen médico que requiere con urgencia para mejorar su calidad de vida, o que debe viajar dos horas para ir a su trabajo y otras dos para regresar ganando sólo $400 mil o menos al mes. Creo que llegó el momento de cambiar radicalmente esta situación; dicho cambio se debe hacer pronto y debemos sentir que somos parte real  de ello, dejando los meros discursos o intenciones.

Idea de creación de un fondo aportado por los contribuyentes de mayores ingresos

Esto no lo propongo como lo definitivo pero de aquí partirá.

Nombre: Fondo + dignidad y redistribución. Fondo+DR

¿Cómo se abastecerá de recursos el fondo?

Por aporte voluntario que pueden realizar personas y empresas. Se podrá pagar en una línea del formulario de renta o IVA, o directamente en un formulario ad hoc disponible virtualmente y asociado al RUT.  También se podrá realizar por descuento mensual a través del empleador o pagador de pensiones, quién será el que los entere en arcas fiscales (se informará de ello en declaración jurada al SII, para asociar el depósito con el RUT de cada aportante).

Si el aportante es una empresa, dicho aporte se podría rebajar de las utilidades acumuladas sin derecho a ninguna devolución de impuestos, lo que se haría para rebajar el patrimonio tributario (esto no rebajará la RLI).

Estos aportes irán a una cuenta del Estado, administrada por la Tesorería General en los usos que más abajo se explican y los aportes estarán asociados al RUT de cada aportante, como control de entrada, pero será el Estado el dueño de los recursos, que NO puede destinar libremente, sino sólo a lo que se indica más adelante.

Para darle un carácter más motivador, el equivalente a lo aportado podría ser un “activo virtual” (no hay uso de dinero) que cada aportante tendría por hasta cinco años para compensar eventuales sanciones que aplique el Estado: multas tributarias, laborales, judiciales, municipales, etc.  Después del quinto año se extingue ese “activo virtual”.  La forma es que el Estado no percibe el valor de la multa y el aportante reduce su activo virtual.

Ejemplo: Si tengo una multa por atraso en el pago de un impuesto o por no presentar una declaración o una multa laboral; puedo aplicar el “valor  acumulado” como pago virtual, pos condonación normal, para reconocer positivamente el hecho de haber aportado voluntariamente (hasta podría tener condonación total).  Nunca deberá aplicarse contra el pago de impuestos.  Insistimos que aquí no hay un uso efectivo de recursos, sino la renuncia de parte del fisco de recibir multas (son compensadas con el activo virtual que tiene el aportante al Fondo+DR).

¿Cuál es el Uso de los fondos? 

El propósito del fondo es pagar directamente a los usuarios beneficiados, el valor de prestaciones o insumos o medicamentos asociados a su atención de salud. Estos beneficiarios estarán controlados por su RUT, pudiéndose identificar con huella digital, clave única u otras medidas de verificación, evitando suplantación.

Dicho uso de los recurso será validado, ya que se llevará un registro asociado al RUT, para verificar que se está realizando una actuación real y no simulada (como es del área salud, esto se debe contrastar con la ficha médica, con informes de los profesionales responsables de los tratamientos e incluso verificación in situ al beneficiario, que puede realizarse en forma azarosa o programada, para darle transparencia al sistema evitando abusos o conductas simuladas o delictivas).

Serán considerados “usuarios beneficiados”, para pago directo de necesidades de salud,  los ciudadanos que tienen un ingreso mensual bruto de menos de $500 mil.  Por ejemplo, puede ser 100% para los que tengan ingresos menores a $250 mil y después rangos de 50% y 30% para ingresos menores de $500, en otros tramos que pueden determinarse. Esto puede incluir remedios, tratamientos, exámenes, operaciones, etc., lo que aplicaría pos cobertura de los seguros previsionales de salud, si procede (habrá casos que no tienen cobertura), sin  tope.

El proveedor o prestador de salud tendrá la posibilidad de visualizar, con el RUT del usuario,  al momento del cobro si aplica el pago contra del Fondo+DR,  que lo administra el SII (el SII tiene a todos los beneficiarios en función de sus ingreso anuales, ya que tendrá información de sueldos, pensiones, subsidios estatales y otras fuentes que se asocien a cada RUT, para determinar el monto anual que clasificará el nivel de los usuarios beneficiarios). Esta institución sabrá quién tiene ingresos pudiendo así garantizar el uso de los recursos.  Aplicado contra dicho fondo, el proveedor o prestador recibirá el respectivo valor generado por una operación automática desde la Tesorería General.

Por ejemplo: la persona tiene que adquirir un remedio o realizarse un examen que tiene un costo de $10.000.  Este usuario es un beneficiario del Fondo+DR (dignidad y distribución), que pos aplicación de la cobertura previsional en línea (Isapre o Fonasa), debe costear $7.000.  Ese valor se lo paga el Fondo+DR al prestador o vendedor, obviamente buscando un precio especial (podría ser hasta sin IVA, si es afecto pero no perjudica al vendedor o prestador como venta exenta o no gravada).

Los prestadores tendrán precios especiales para estos beneficiarios, realizando también un esfuerzo para poder dar la mejor cobertura posible.  Claramente esto debe funcionar como un motor de fomento a la corrección de la inequidad social, llegando a definirse como un atributo positivo el ser parte de esta nueva forma de actuar.  No se restará a ningún prestador (privados o públicos), pudiendo con ello fomentar la atención de personas que no tienen un acceso rápido para mejorar su calidad de vida con el cuidado de una atención en tiempo y forma de su salud (esto ayudaría a reducir las listas de espera y trámites muy largos en el sector público).

Costo de administración

Es muy bajo ya que se requeriría de una plataforma y sería de operación por parte de los proveedores, porque todo es automático. Simple, liviano y sin trabas. Recetas médicas legales y los proveedores pueden tener incluso no afectación con IVA, si son afectos a dicho impuesto, cuando aplique el beneficio para que aporte algo el Estado que en esto tendrá poco uso de recursos.

Así llega directo la mejoría a quienes más lo necesitan y busquemos que todos los que puedan aporten y se sepa cuánto, todo asociado al RUT, incluso datos públicos (hay que revisar legalidad de datos personales) para que demostremos que ha existido un cambio real entre los ciudadanos.  Los que están mejor, hacen un aporte real con el objeto de realizar una redistribución y los que están como beneficiarios, sienten que están en un sociedad que se preocupa por apoyarlos y ayudar a que mejoren su condiciones de vida.  Esto debe ser parte del nuevo pacto social.

Hasta aquí voy….  esto tendría que ser ley, de tramitación rápida y de funcionamiento inmediato, fomentando los aportes.  Si llegasen a faltar recursos, quizás el fisco debería fijar un aporte básico. Los fraudes que se detecten por uso o abuso, deben ser penados fuertemente a prestadores, sean empresas o profesionales  y a los usuarios, los que incluso pueden salir del listado de beneficiarios o proveedores, al menos por un tiempo, como también devolver íntegramente los fondos mal utilizados, teniendo un registro público de sanciones aplicadas.

 

Saludos,

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