Estimados(as):

Sé que pueden andar de vacaciones y quizás me digan que soy alarmista, pero no me importa, ya que debo ser siempre profesional en mi actuar, por lo que les pido que validen el monto de los nuevos avalúos que publicó el SII para las propiedades, para que no sean sorprendidos en abril con el pago de contribuciones y queden fuera de presupuesto.

Estamos iniciando las comparaciones de algunos casos cercanos y nos hemos sorprendido negativamente de encontrar un aumento más que significativo de los avalúos fiscales que rigen a contar del presente año.   En el extremo encontramos un caso con el 100% de ajuste.  Por ello, revisen y luego analicen si ello procede o no.

Pregunta                ID:   001.004.7043.001    Fecha de Creación:   29/12/2017

Si no estoy de acuerdo con el nuevo avalúo que el SII ha determinado para mi bien raíz por el Reavalúo 2018, ¿Dónde puedo reclamar?

 Respuesta            Fecha de Actualización:   30/01/2018

De acuerdo con lo establecido en el artículo 149° del Código Tributario, los contribuyentes pueden reclamar del avalúo que el SII ha determinado para su bien raíz. Esta reclamación debe realizarse directamente en el Tribunal Tributario y Aduanero que corresponda a la jurisdicción de su bien raíz. No se requiere abogado para presentar reclamación a dicho Tribunal.

Para mayor información sobre la ubicación de los Tribunales, consultar www.tta.cl.

El período para presentar un reclamo ante dicho Tribunal es de 180 días hábiles (lunes a sábado) a contar del día siguiente del término de exhibición del rol de avalúo por parte de la Municipalidad respectiva. Este plazo se suspende si el contribuyente presenta un recurso de reposición administrativo frente al SII, reiniciándose en cuanto éste sea notificada o se cumpla el plazo para dar respuesta, el cual es de 90 días hábiles (lunes a viernes) contados desde su presentación.

La presentación de un reclamo de avalúo sólo podrá fundarse en alguna de las siguientes causales:

  • Errores en la determinación de la superficie de los terrenos o construcciones.
  • Aplicación errónea de las tablas de clasificación de las construcciones y de los terrenos en la propiedad o en una parte de ella.
  • Errores de transcripción, de copia o de cálculo.

 Pregunta:

 Si venció el plazo para reclamar del Reavalúo No Agrícola 2018, ¿Tengo alguna otra opción para pedir que me rebajen las contribuciones?

 Respuesta            Fecha de Actualización:   30/01/2018

Los contribuyentes pueden solicitar al SII una revisión de su avalúo en cualquier momento, incluso una vez vencido el plazo para reclamar, conforme con lo establecido en el artículo 10° de La Ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial. Para esto deben presentar una solicitud de modificación al catastro de bienes raíces, en las Oficinas del Servicio de Impuestos Internos o en la Oficina de Convenio Municipal de la comuna donde se encuentra el predio, aportando la documentación requerida, de acuerdo a lo señalado en el Anexo de la Resolución Exenta SII N° 46 de 2017”.

 

Saludos y que sigan disfrutando del verano.

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