(Actualizado al 29 de julio de 2020)
Nuevas normas sobre acuse de recibo y uso de crédito fiscal de IVA.
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(Actualizado al 29 de julio de 2020)
Nuevas normas sobre acuse de recibo y uso de crédito fiscal de IVA.
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30 de diciembre de 2025
Estimado: en el caso de una joyeria (tienda de ventas de joyas) se explica: 1.- se compran monedas de oro 24 K.se funde y se baja a 18 K.(todo esto lo hace el dueño) 2.- se mandan hacer joyas a los orfebres (joyeros) ellos por ejemplo trae un anillo que pesa 5 gramos , el cobra el oro de 5 gramos mas el 10% de los 5 gramos y la Hechura del anillo , ahora el orfrebe no entrega ningun documento de estos cobros adicionales por su trabajo (deberia dar una boleta de servicio por la hechura , ( ¡ y por el 10% sobre el peso de la joya deberia dar que documento legal ?)
3.-ahora llegan orfebres o joyeros que venden 20 o 50 gramos en barritas y esto es sin ningun documento legal y esto es habitual. La pregunta es la siguiente existe alguna factura de compra con retencion de impuesto para este rubro por ejemplo:
me venden 100 grs a $50.000.- da $5.000.000.-iva.retenido $950.000.- valor liquido a pagar $5.000.000.-
Como puede darse cuenta este rubro es muy complicado en la parte de compras con credito
Se agradeceria poder aclarar esta situacion y en que parte del Decreto Ley N°825 sobre impuestos a las ventas y servicios especifica esta situacion
gracias
saludos
Alfonso:
En general, las compra de oro a personas que son vendedoras, está gravada con IVA y además con el impuesto especial del artículo 40 de la Ley del IVA. La compra a particulares no, dado que no sería una operación gravada.
Las personas vendedoras, como sería el orfebre, debería emitir sus propias facturas de venta, afectando la operación con el IVA y el mencionado impuesto adicional del 15%, establecido en el artículo 37 de la mencionada norma. Si no lo hace, Ud. como compradores podrían solicitar al SII la autorización para emitir Facturas de Compra, reteniendo los tributos que sean aplicables en cada caso, con lo cual identificarán al vendedor y también tendrán el respaldo de sus adquisiciones.
Esto lo puede ver en detalle, en un oficio bastante antiguo del SII, pero que tiene plena vigencia https://www.sii.cl/pagina/jurisprudencia/adminis/2000/ventas/julio11.htm
Si quiere mayor asesoría, puede solicitar nuestros servicios a contacto@circuloverde.cl o llamando al teléfono 22701000.