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Estimados(as):

Para el caso de trabajadores afiliados a Fonasa que tengan empleadores en alguna Caja de Compensación, la cotización de salud por las remuneraciones de febrero de 2022 en adelante, tiene otra distribución y ello debe ya ser aplicado en el pago que se realiza a partir de marzo de 2022.  Si no lo ha realizado, debe adecuar sus sistemas de pago y declaración de dichas cotizaciones.  La norma se encuentra en la Circular N° 3.657, de 01.01.2022, de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).

De acuerdo con la Ley N°21.395, que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2022, se contempla una modificación en la distribución de la tasa de cotización del 7% para salud de los trabajadores afiliados a FONASA y que se encuentren adscritos a una Caja de Compensación. En efecto, a partir del proceso de declaración y pago de las cotizaciones correspondientes a las remuneraciones pagadas en el mes de febrero de 2022, el que debe realizarse en el presente mes de marzo, la distribución del 7% obligatorio para salud será de un 0,55% de cotización para FONASA y de un 6,45% de cotización para la Caja de Compensación de que se trate.

Es importante señalar que este cambio del porcentaje de cotización no representa un aumento de la cotización obligatoria para salud de los trabajadores afiliados a FONASA, sino que sólo corresponde a una redistribución de la misma.

Por tal motivo es necesario que Ud. pueda oportunamente efectuar las adecuaciones sistémicas relacionadas con la declaración y pago de las cotizaciones previsionales, ya que el 3,1% que correspondía a CCAF, a partir de las remuneraciones de febrero 2022, será de 6,45% y de la misma manera, el cambio en el aporte a FONASA, que era de 3,9%, ahora será de 0,55%.

Saludos,

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