Como ya lo hemos comentado, es importante conocer cuántos recursos están comprometidos con el aval personal, que puede haberse otorgado para créditos de terceros, sean personas o empresas.
Como al fallecer el patrimonio heredable también incluye las deudas, donde los avales son parte de ellas, es necesario conocerlos y ver cuál es el estado de cada uno de los avales vigentes. Esto es difícil conocer con posterioridad, pero es responsabilidad del avalista el tener un registro de estos compromisos eventuales, ante el incumplimiento del deudor.
Recomendación:
Para valorar correctamente el patrimonio hereditario, especialmente si existen créditos bancarios importantes, conviene revisar:
- créditos hipotecarios avalados,
- créditos comerciales o contratos de arriendo u otros avalados,
- avales bancarios otorgados a sociedades familiares,
- fianzas otorgadas en calidad de socios o directores de empresas.
Esas obligaciones contingentes pueden afectar significativamente el valor económico real de la herencia, por lo que se deben conocer con anterioridad y es responsabilidad del avalista el tener un control de ello.
Por ello, si al fallecimiento no existe una deuda exigible, los herederos no deben pagar nada en ese momento; sin embargo, la obligación de garantía subsiste y podría hacerse exigible en el futuro si el deudor principal incumple. Esa contingencia pasa a formar parte de la herencia.
