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Aspectos normativos y prácticos de ahorro voluntario previsional, realizado por sobre los límites tributarios de UF 600 anuales. Instrucciones necesarias por implementar

Queremos hacer algunas precisiones respecto del tratamiento tributario que se le debe dar a los excesos de ahorros previsionales voluntarios (APV), como también a la situación que se producirá cuando dichos excedentes sean retirados por los contribuyentes, todo lo cual ha sido avalado por recientes pronunciamientos de la autoridad que pasamos a compartir con uds. y comentar, para lo cual planteamos las siguientes consultas.

Modificaciones tributarias que permiten ampliar el grupo de contribuyentes que pueden llevar contabilidad y pagar sus impuestos en moneda extranjera, como también corrige error en aplicación de la rebaja del impuesto de timbres y estampillas (ITE)

En el Diario Oficial del 02.05.2008, se publicó la Ley N°20.263 que perfecciona la administración tributaria y aduanera para facilitar el cumplimiento tributario de los contribuyentes, la cual consta de ocho artículos permanentes y dos transitorios.

Compensación Económica

La nueva Ley de Matrimonio Civil (más conocida como Ley de Divorcio) estableció un mecanismo de compensación económica, aplicable al matrimonio que se disuelve por nulidad o divorcio, a favor del cónyuge que, queriendo y pudiendo, no haya podido desarrollar durante la vida en común de los cónyuges una actividad lucrativa total o parcialmente, por haberse dedicado al cuidado de los hijos o al hogar común.

Situación tributaria de los dividentos que se perciban desde Perú y México

Ante consultas sobre el tratamiento que tendrán en Chile los pagos de dividendos que efectuarán empresas relacionadas que se encuentran en Perú, país con el cual no existe un tratado de doble tributación, y en México, país con el cual entró en vigencia un tratado de doble tributación publicado en el Diario Oficial del 08.02.2000, a continuación se comentan los efectos y formas de acreditar los valores y créditos que se desprenderán de los futuros pagos que se perciban.