Indicadores financieros 25/04/2024: Cargando indicadores financieros... UF $ Dólar observado $ Más indicadores →

¿Qué pasa cuando muere el titular de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)?

Considerando que se han puesto de moda la separación de patrimonios que tienen un riesgo comercial diferente al patrimonio personal de un contribuyente, lo que se logra a través de la creación de las empresas individuales de responsabilidad limitada (EIRL), quiero compartir con Uds. la situación que se produce al fallecer el titular de dicha sociedad (es una persona natural).

Se gravan con IVA todos los servicios entregados por una empresa de selección de personal (head hunting)

Hay un cambio de criterio importante que incluso modificó un pronunciamiento del año 2011: se aplica IVA a todos los cobros que realiza un heat hunting o búsqueda y selección de personal, dado que su actividad es calificada como una “agencia de negocios” y, por lo tanto, la prestación proviene de un acto de comercio.

Los cambios que se generan al comprar una vivienda nueva acogida al DFL N° 2

Desde la modificación establecida en la Ley 20.455 (vigente desde el 01.11.2010), que afecta a los bienes habitacionales que pueden utilizar el beneficio del DFL N° 2, del año 1959, hay cambios que ya están implementados y que afectarán a las futuras compras de bienes, para lo cual les indicaremos algunos puntos importantes y además una nueva forma de operar para las adquisiciones futuras de éste tipo de bienes:

Nuevas normas de cotización de profesionales independientes que perciban honorarios

Les presentamos un documento para que lo analicen y vean los efectos que tendrán para el presente ejercicio 2012 (año tributario 2013) los cambios que se han introducido a los topes imponibles, como también al nuevo sistema de cotizaciones de los trabajadores independientes, que tengan honorarios clasificados en el artículo 42 N° 2, de la Ley de Impuesto a la Renta (no incluye a los Directores de empresas, que están en el art. 48 de la LIR).

¿Debo tributar si obtengo un premio?

Para que uds. vean los efectos no deseados de un golpe de suerte. Por ejemplo, qué pasa si voy al concurso de televisión y me gano un premio. Supongamos que me entregan MM$15 por haber acertado a las consultas del programa ¿Quién quiere ser millonario? ¿Son o no libres de impuesto?

«Utilidad en venta de acciones con presencia bursátil» y otras rentas no gravadas con el impuesto de Primera Categoría general

Siempre ha sido nuestro propósito el darles buenos respaldos para “eludir” la carga tributaria, para lo cual utilizamos las normas legales existentes, nuestro criterio (también a veces nuestra osadía) y la prudencia que hemos ido desarrollando con los años, por lo que tratamos de que se sientan respaldados en las maldades que se les ocurran.

Cuidado con los gastos calificados de «uso común» cuando se obtienen ingresos no renta en la compraventa de acciones con presencia bursátil

El SII publicó al final del año 2010 la Circular N° 68, que ya está siendo utilizada por los fiscalizadores y las empresas están con problemas para justificar los gastos asignados a las operaciones donde se obtienen ingresos que no tributan, principalmente por la aplicación de un nuevo concepto que se denomina “gastos de uso común”, donde se cuestiona, por ejemplo, que el Gerente General sí se dedica un tiempo a las operaciones de la bolsa, donde se han obtenido utilidad en la venta de acciones que no tributa y por lo tanto parte de su renta debe ser asignada a esos ingresos, generando un importante problema que terminará en los tribunales.

Alerta sobre tratamiento tributario de la sobretasa de contribuciones para financiar la reconstrucción

Estimados: Quiero anticipar los efectos de “ponerse con la reconstrucción”, para que no tengan sorpresas en su próxima declaración anual de renta y sean “invitados” a visitar las oficinas del SII. La Ley N° 20.455 (Diario Oficial 31.07.2010), que modificó diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de la reconstrucción del país, estableció en su artículo 10 la suspensión, por los años 2011 y 2012, a los bienes raíces no agrícolas que al 1 de julio de 2010 tengan un avalúo desde $ 96.000.000, de la aplicación de la sobretasa de 0,025% establecida en el artículo 7° de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, y en su reemplazo dispuso la aplicación de una sobretasa de 0,275%, por esos años.

Situación tributaria de los profesionales, técnicos y otros que desarrollan su actividad en forma independiente

Ante la nueva Operación Renta 2011, es siempre útil el tener los antecedentes claros para buscar la mejor alternativa de cumplir con las obligaciones tributarias, tratando de aprovechar las franquicias que la norma legal otorga a los contribuyentes: en éste caso veremos la forma de “rebajar gastos de los profesionales y técnicos”.

Gastos asociados a la utilidad en venta de acciones en la bolsa

Como siempre es bueno adelantarse y comunicar posibles escenarios que se presentarían ante una fiscalización, con el objeto de que nuestros clientes y amigos se preparen y tengan clara la exposición ante una decisión que deben tomar hoy (o ya la han tomado), para declarar los gastos asociados a operaciones que generen rentas no tributables, como es el caso de la utilidad en la venta de acciones con presencia bursátil realizada en una bolsa de valores.

Proyecto de ley que moderniza y fomenta la competencia del sistema financiero (MKB)

Como ya están de vacaciones o por iniciar ese esperado período, siendo quizás solo unos pocos los que ya están esperando las vacaciones del 2012, con el ánimo de tener algunas cosas positivas y de conocimiento general que les puede generar un impacto, a continuación les comentamos algunas de las medidas incluidas en el proyecto de modificación del D. L. 3500 y de la Ley de Impuesto a la Renta insertas en el proyecto de reforma al mercado de capitales denominado MKB (Mercado de Capitales Bicentenario).

Una posibilidad de traspasar bienes inmuebles a los hijos

No es que estemos descubriendo la pócima de la juventud eterna, sino que simplemente les estamos regalando un concepto que el Servicio de Impuestos Internos ha validado, quizás en forma reiterada, pero que pasa “piola” y evita que tengamos problemas derivados de una actuación que no corresponda, cuando en el caso de poseer un bien raíz acogido a las normas del DFL N° 2, comprado nuevo (somos los primeros titulares), podemos realizar la donación de éste a uno de nuestros hijos (o terceros), sin que ello signifique un problema de renta para los hijos o de justificación de rentas, ya que no requiere de pago: “una donación libre de impuesto”.

¿Qué pasa si me compro una lancha o un avión como «inversión» en la sociedad anónima cerrada de inversiones?

Siempre somos creativos y a veces porfiados en ir contra la corriente, más aún si ello podría tener como premio la eventualidad de no ser descubierto en una “trampa” para no pagar impuesto. Esa es la tentación que a veces es irresistible. Sin embargo, debemos ser cautelosos y recomendar no tentarse con realizar operaciones que tarde o temprano los pueden complicar, aunque le busquemos la quinta pata al gato.

El APV de los socios de empresa siempre será un «dolor de cabeza para las instituciones administradoras»

Quizás dirán que soy pesimista, pero mi obligación es indicar cuál es la postura que debemos tener para iniciar el control y la adecuada aplicación de la normativa, como también de los efectos del proceso de validación que el Servicio de Impuestos Internos (SII) realiza del sistema, con el fin de evitar observaciones que complican al cliente, a la empresa empleadora y obviamente a la Institución Administradora, ya que todas esas partes tendrán más que algún reparo en su declaración anual, para lo cual quisimos traer a colación el último oficio emitido por el SII sobre la materia e indicarles los focos de atención y contingencia que se generan en un caso mal “informado”.